22/3/12

La justicia da la razón al exalcalde socialista Gaspar Lloret

El hotel Atrium Beach, en una imagen de 2007. / ROSA FUSTER

El Supremo reabre el
caso de la infracción
urbanística del Atrium


El Consell sancionó al promotor del hotel de La Vila joiosa con 12 millones de euros por construir 11 alturas de más. El Ayuntamiento no cobró por un defecto de forma

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El Tribunal Supremo (TS) ha dado un giro inesperado a la mayor infracción urbanística de la Comunidad Valenciana, el hotel Atrium Beach de La Vila Joiosa, descubierta en 2003 tras dos accidentes laborales que costaron la vida a tres obreros. El siniestro destapó que el complejo rebasaba, según un cálculo del Consell, en 53.000 metros cuadrados la volumetría autorizada por el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) en esa zona del término, primera línea del mar.

El TS ha ordenado que el caso sea juzgado, revocando una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano que obvió entrar en el fondo del asunto porque apreció que el expediente sancionador al promotor, Hotel Luna, SA, había prescrito al serle comunicado 19 días después del plazo legal de vigencia de seis meses. El Tribunal Supremo cree que “la notificación realizada el 28 de septiembre de 2004 debe entenderse válidamente practicada, pues permitió tener constancia de la recepción por el interesado o su representante”.

El TSJ evitó con su resolución que el Ayuntamiento de La Vila cobrara los 12.020.242,09 euros de sanción que le impuso el Consell al promotor en septiembre de 2004 por infracción urbanística grave. El entonces consejero de Urbanismo, Rafael Blasco, la calificó como “la mayor sanción urbanística impuesta nunca en España”.

El alto tribunal contradice al TSJ y cree que los hechos no han prescrito

La sentencia del TS ordena ahora “devolver las actuaciones a la Sala de instancia para que, con retroacción de las mismas al momento anterior al dictado de la sentencia”, dicte nueva sentencia resolviendo lo que proceda sobre “la sanción por infracción urbanística grave por construcción del hotel y galería comercial sin licencia”. El alto tribunal recuerda que todo ello requiere la interpretación y aplicación del derecho autonómico, en este caso la LRAU, que estaba en vigor cuando se tramitó el proyecto, “tanto para determinar si la licencia pudo obtenerse por silencio como para dilucidar si las obras ejecutadas son o no contrarias a las determinaciones del PGOU” de La Vila Joiosa.

Esta decisión es consecuencia del recurso de casación que interpusieron la Generalitat y el Ayuntamiento de La Vila en octubre de 2008, un mes antes de que una moción de censura del PP con un edil tránsfuga descabalgara al Gobierno cuatripartito que encabezó el PSPV. Su exalcalde Gaspar Lloret ha asegurado tras conocer el auto del Supremo que “el PP no lo hubiera recurrido”. “Gracias a esta sentencia, el caso tendrá que reabrirse para salvaguardar el interés general y que La Vila pueda tener la posibilidad de recuperar los 12 millones de la infracción”, añadió Lloret. El PP presupuestó en 2005 esa cantidad como un ingreso que nunca llegó pero sí que fue gastado.

El promotor no llegó a pagar la sanción de 12 millones del Consell

Un primer informe municipal anterior a los accidentes descubrió un exceso de edificabilidad de 88.576 metros, que suponían 11 alturas de más. Tras la inspección posterior al fallecimiento de los obreros, el Consell lo redujo a 53.000, pero un Plan de Reforma Interior y Mejora (PRIM) estipuló en 2005 el derribo de 14.700 metros y una serie de compensaciones al municipio, como la cesión de 21.500 metros de suelo para dotaciones públicas o el pago de 1,5 millones destinados a oficinas públicas en torno al hotel.

La propiedad del hotel siempre ha defendido que las licencias de obras que obtuvo en diciembre de 2006 y mayo de 2007 están en vigor, pero en 2008 el TSJ anuló el PRIM y las dejó sin cobertura legal. Además, un particular ha reclamado en el juzgado su caducidad. La promotora, a través de un comunicado, ha expresado su “plena confianza” en que la sanción impuesta sea anulada por los tribunales. “Se trata de un aspecto meramente formal y muy complejo, en el que confluyen multitud de aspectos jurídicos y técnicos, y que en cualquier caso se acogerá a lo dispuesto en la Ley Urbanística Valenciana, que en su articulado contempla un 95% de bonificación en la sanción para aquellos casos en los que se hayan aplicado las medidas correctoras impuestas para legalizar la obra”, explica la nota.

En la actualidad, el Atrium sigue siendo un esqueleto de hormigón en primera línea de playa. Su promotor se rodeó de políticos (entre ellos la exconsejera de Turismo Belén Juste, y el alcalde de La Vila, Jaime Lloret) en abril de 2011, en plena campaña electoral, para presentar el nuevo diseño del proyecto, que borraba el anterior nombre para llamarse La Vila Resort, un hotel de 1.312 habitaciones (302 de cinco estrellas) y 59 ascensores con Palacio de Congresos con capacidad para 1.800 personas y 800 plazas de aparcamiento. Sin embargo, los 150 millones de financiación que necesita el proyecto son una losa que mantiene la obra como se quedó hace ocho años y medio.

Notícia publicada en El País.

El Supremo reabre el caso Atrium Beach

R. LÓPEZ. La sentencia abre la posibilidad a La Vila de cobrar los 12 millones de sanción





El Tribunal Supremo ha fallado a favor del Ayuntamiento de La Vila instando a reabrir el caso Atrium Beach, dando de nuevo al Consistorio la posibilidad de cobrar los 12 millones de sanción impuesta en su día por la Generalitat Valenciana a instancia del Ayuntamiento. La sentencia echa por tierra la última sentencia que libraba a la empresa, Hotel Luna S.A, a pagar a La Vila la multa millonaria alegando caducidad del expediente.

La sentencia responde al recurso de casación interpuesto por el exalcalde socialista Gaspar Lloret, mes y medio antes de que volviera a la oposición tras la moción de censura que devolvería la Alcaldía al Partido Popular en el municipio.

La promotora del complejo hotelero Atrium Beach, Hotel Luna SA, ha indicado en un comunicado que tiene "plena confianza" en que los tribunales vuelvan a anular la sanción de algo más de 12 millones de euros que le impuso el Consell en 2004 por exceso de edificabilidad.

Desde la promotora han señalado que se mantendrá "a la espera de la resolución judicial" sobre "una decena de alegaciones presentadas en su día" por Hotel Luna SA contra la sanción y que, por tanto, no consideran que el caso esté resuelto.

Las mismas fuentes han insistido en que si llegado el caso no se anulara la sanción la promotora, "se acogerá a lo dispuesto en la Ley Urbanística Valenciana (LUV)" que contempla en su articulado "un 95% de bonificación en la sanción en aquellos casos en los que se hayan aplicado las medidas correctoras impuestas para legalizar la obra".

Unas medidas que Hotel Luna SA consideró "desproporcionadas" y que se han aplicado en el complejo Atrium Beach, ya que se demolió "lo construido en exceso según sentencia judicial".

A juicio de la promotora, con este derribo parcial "se considera regularizado el proyecto" y el derecho de Hotel Luna SA "a acogerse" a la bonificación recogida en la LUV, "en caso de que se confirme que la sanción es conforme a derecho".

Notícia publicada en el diario Información